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Ley de Cupo en eventos musicales - N°27.539


 
El Instituto Nacional de la Música pone a disposición la normativa vigente y la información necesaria sobre los alcances y aplicabilidad de la Ley de Cupo en Eventos Musicales. El cumplimiento de esta normativa aporta al equilibrio de los derechos en la música argentina. 

La ley establece que el INAMU sea la Autoridad de Aplicación, otorgando así el deber de velar por su cumplimiento. Para ello, posterior a la promulgación de la Ley 27.539, se trabajó en la creación de un reglamento propio y en este proceso se realizaron reuniones con colectivos representativos y referentes de la actividad, donde se obtuvo asesoramiento y consultoría de parte de profesionales especializados en derecho constitucional. Así es como logramos una normativa respetuosa de la identidad de género autopercibida y ajustada a la finalidad de la Ley de Cupo y acceso de artistas mujeres a los escenarios, conforme a lo dispuesto en la Ley 26.743 (Ley de Identidad de Género), con el objetivo de contribuir a eliminar toda discriminación en los eventos musicales, cualquiera sea el motivo asociado a cuestiones de género.
 
Por consultas y mayor información escribir a leydecupo@inamu.musica.ar.

 
 

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Inamu
Ministerio de Educación
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