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2. Misión y servicios a la ciudadanía


Desde el Instituto Nacional de la Música (INAMU) nos planteamos como objetivo el fomento, apoyo, preservación y difusión de la actividad musical en general y la nacional en particular, según marca la Ley 26.801.

Naturaleza jurídica. El INAMU, como ente público no estatal, se rige por el estatuto y reglamento interno que elabore el directorio y apruebe la asamblea federal y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones.

Son funciones del INAMU:

a) Promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en esta ley;

b) Proteger la música en vivo, coordinando y fomentando los establecimientos con acceso al público donde se realice habitualmente actividad musical, en especial los centros culturales, clubes de música, bares culturales, auditorios, peñas, festivales, festividades tradicionales, y espacios no convencionales de música de nuestro país;

c) Fomentar la producción fonográfica y de videogramas nacionales, su distribución y su difusión;

d) Propiciar entre los músicos el conocimiento de los alcances de la propiedad intelectual, de las instituciones de gestión colectiva, así como de aquellas instituciones que defienden sus intereses y derechos como trabajadores;

e) Contribuir a la formación y perfeccionamiento de los músicos en todas sus expresiones y especialidades y estimular la enseñanza de la música.

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Ministerio de Educación
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